Régimen de “Inocencia Fiscal”: los claves para aprovechar los beneficios y el “tapón” impositivo
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El contador y docente universitario Fabián Tettamanti analizó en FM DEL LAGO los alcances de la Ley N° 27.739. El nuevo régimen busca simplificar la carga administrativa para personas humanas, ofreciendo una amnistía sobre años anteriores y facilitando la bancarización de ahorros no declarados.
El contador Fabián Tettamanti, especialista en tributación y docente de la UNPSJB, detalló los puntos salientes de la reciente normativa que permite a los contribuyentes de Ganancias (personas humanas) acceder a un régimen simplificado. Según el profesional, la ley representa una oportunidad significativa para quienes buscan regularizar su situación patrimonial sin la presión constante del fisco.
¿Quiénes pueden ingresar?
La normativa establece requisitos materiales concretos. Para adherirse, el contribuyente no debe haber superado ingresos superiores a los 1.000 millones de pesos ni poseer un patrimonio mayor a los 10.000 millones de pesos en los periodos 2022, 2023 y 2024.
El beneficio del “Tapón Fiscal”
Uno de los puntos más atractivos es el “tapón” que otorga el Estado. Al optar por este régimen en 2025: la ley prevé un Blindaje ante inspecciones, es decir el fisco tiene prohibido revisar las declaraciones juradas de IVA y Ganancias de los años 2022, 2023 y 2024, salvo que detecte discrepancias significativas (superiores al 15% del saldo a pagar) o facturas apócrifas en el ejercicio 2025.
Además hay una Simplificación, ya no es necesario declarar el origen de los fondos para el nivel de vida, ni detallar el consumo del dinero ganado, una exigencia que complicaba al contribuyente en el régimen general y una Prescripción reducida donde la ley acota el periodo de revisión de impuestos de cinco años a solo tres años.
Blanqueo y bancarización de divisas
Tettamanti destacó que el espíritu de la ley es dinamizar el circuito económico. Aquellos ahorristas que tengan dólares fuera del sistema bancario pueden ingresarlos e invertirlos en bienes registrables. “El fisco no te va a preguntar el destino de los fondos ni de dónde salieron”, explicó el especialista, señalando que el objetivo del Gobierno es fomentar el movimiento de capitales.
En este sentido, adelantó que en los próximos 15 días se espera una armonización con las normas de la UIF (Unidad de Información Financiera), lo que brindará mayor seguridad jurídica al contribuyente que desee utilizar sus ahorros para adquirir activos (como maquinaria agropecuaria, por ejemplo) sin ser perseguido por presunciones de ilicitud.
Actualización de multas
La nueva normativa también ajusta los valores de las multas por incumplimiento, que habían quedado desactualizadas, para Personas físicas la multa subió de 200 pesos a 200.000 pesos y para Sociedades el valor pasó de 400 pesos a 400.000 pesos.
Sin embargo, Tettamanti aclaró que existe una instancia de morigeración: si el contribuyente regulariza su situación ante el aviso de incumplimiento vencido, el monto de la multa se reduce a la mitad.
Una oportunidad para el contribuyente
“Creo que los contribuyentes deberían aprovecharla porque tiene beneficios claros”, concluyó Tettamanti. “Es una forma de blanqueamiento puro para quienes compraron dólares en el mercado informal y ahora pueden integrarlos al sistema legal para comprar bienes sin que el fisco cuestione el origen”.
Para adherirse, los interesados deben realizar el trámite a través de ARCA (ex AFIP) mediante una declaración jurada que confirme el cumplimiento de los parámetros patrimoniales y de ingresos.







