Tras las declaraciones de la vecina que sufrió daños en su vivienda por parte de jóvenes de Esquel, el fiscal jefe Dr. Carlos Richieri en dialogo con FM DEL LAGO manifestó “a la responsabilidad se está investigando la participación que tuvieron, la causa la tiene otro fiscal, los mayores de edad quedaron imputados, el resultado es prematuro, la intervención es la que se hace cuando policía detiene a una persona, tuve la oportunidad de ver que en este caso particular hay una premisa errónea que tiene que ver con un informe que realiza el oficial que es el que genera indignación, la razón por la cual estas personas quedan en libertad no es porque la señora no hay individualizado al autor del hecho, es impensado cargar a una víctima de la responsabilidad sobre la persecución penal del estado, lo que vio la señora es muy importante para una investigación y vamos a intentar que la persona que sufrió el daño sea reparado, a mí me avisan que había tres personas detenidas, cuando se priva de libertad a alguien tenemos que hacer un control de constitucionalidad, las personas que están bajo proceso penal por regla hasta que es condenada por un juez, recién ahí se condena con prisión”.
El fiscal detallo como se actúa en base al código penal y las herramientas que tienen ellos para actuar en estos casos “Cuando el hecho ocurre en lo inmediato se puede detener a una persona y tiene que haber una orden de un juez, sin embargo hay una excepción de la excepción que es sin la orden del juez poder detener a una persona, la policía sabe cuándo puede o no, sin embargo una vez que detiene informa al fiscal que hace un nuevo control, si ese control coincide con el policía ponen a disposición al detenido quien hace un nuevo control, en este caso el problema es que la detención que se realizó de estas tres personas a mi entender no cumplían con la legalidad”
Respecto al procedimiento policial, el fiscal manifestó “la policía puede detener por esta excepción cuando hay una flagrancia, es decir con las manos en la masa, o cuando una víctima señala que estas personas son las responsables del hecho, eso se llama flagrancia presunta y es ahí cuando se puede detener, una vez que se lo detienen se tiene que hacer un control y tiene que haber por lo menos dos motivos, es decir la asistencia de un hecho y la sospecha del hecho, acá una señora sufrió un daño, ve tres personas por la ventana y la policía sale a la búsqueda y las detiene, ahora en principio es un delito de daño, las circunstancias para dejarlas detenidas a una persona tiene que haber una presunción de que en caso de que esa persona quede detenida y en lo segundo se descarta una persona que es el menor de edad, un menor de edad que comete un delito cuya pena máxima es de años se entiende que no tiene capacidad para ser responsable de su delito, este menor el estado no lo puede perseguir por este daño”
Para finalizar, Richieri manifestó “si en la audiencia del control de detención se certifica que el autor del piedrazo es el menor de edad, acá tenes a dos personas detenidas por ejemplo por un hecho que no fue delito, esto nos genera una obligación que es al no poder decir quién fue el autor del hecho no tenemos elementos suficientes para dejarlos detenidos, respecto al hecho estas personas quedaron imputadas por el delito de daño, se las identificó, la idea rápida es encontrar rápido al autor del hecho, acá hay una señora que sufrió daños que no se merecía y el estado debe darle una respuesta rápida, el equipo de fiscales tiene herramientas para lograr una conciliación, son soluciones más rápidas como reparar el daño y evaluar qué es lo que Mercedes sufrió”