“Lo van a juzgar por hechos que no existieron”

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El abogado defensor del juez Claudio Petris en el Tribunal de Enjuiciamiento, Dr. Fernando Zvilling, cuestionó las acusaciones que dieron lugar al proceso contra el magistrado y aseguró que varias de las imputaciones difundidas públicamente no forman parte de los cargos por los que será juzgado. En diálogo con FM DEL LAGO, sostuvo que se construyó una imagen negativa de su defendido a partir de hechos que, según afirmó, fueron descartados durante la investigación.

Zvilling aclaró que comparte la defensa de Petris con el Dr. Rufa, mientras que los doctores Pérez Galimberti y Rufa intervienen en la causa penal vinculada con otras cuestiones. En ese sentido, remarcó que las actuaciones relacionadas con un supuesto enriquecimiento ilícito corresponden a una investigación diferente de la que motiva el actual proceso de enjuiciamiento.

“Hay dos o más acusaciones en el Consejo de la Magistratura. Una acusación pública es la más dañina, y eso motivó que viéramos notas en los medios de comunicación. Hay todo un relato construido a través de esa figura monstruosa que se construyó en la figura de Claudio Petris”, expresó el abogado.

“La acusación no contempla nada de lo que se viene diciendo públicamente”

El defensor cuestionó las publicaciones que vincularon al magistrado con presuntos favores sexuales, acoso, beneficios a un médico en un amparo y supuestas maniobras para colocar bienes a nombre de terceros.

Según Zvilling, esas cuestiones contribuyeron a deteriorar la imagen pública de Petris, pero no integran los cargos que serán analizados en el jury.

“Es una cantidad de cuestiones que forman parte de una figura de enriquecimiento o de hechos que se fueron desvaneciendo y otros que jamás sucedieron. La acusación del Consejo de la Magistratura no contempla nada de lo que estoy diciendo”, afirmó.

En esa línea, aseguró que su defendido tiene interés en que el proceso avance y se resuelva. “Petris tiene mucho interés en que se avance en esto y se defina. Esto nunca existió, no lo van a juzgar porque esos hechos no existieron”, sostuvo.

El abogado también cuestionó que esas sospechas hayan servido como marco para la investigación disciplinaria. A su entender, se utilizaron afirmaciones y prejuicios para reforzar una imagen negativa del magistrado, más allá de los hechos concretos que integran la acusación.

El supuesto ejercicio del comercio, otro de los puntos cuestionados

Entre los cargos que sí serán materia de análisis se encuentra el presunto ejercicio de una actividad comercial incompatible con la función judicial. Sobre este punto, Zvilling explicó que la acusación estaría relacionada con una supuesta actividad de alquiler de un salón de eventos sin la correspondiente inscripción.

Sin embargo, negó que Petris haya tenido un establecimiento de esas características y sostuvo que el alquiler de departamentos no constituye, por sí mismo, una actividad prohibida para un magistrado.

“Él no está acusado por ejercer el comercio por bienes de alquiler, porque eso no está prohibido, sino por alquiler sin haberse inscripto en la categoría de salones de eventos, cuando salones de eventos nunca tuvo”, explicó.

De acuerdo con el defensor, la situación se habría originado en un error contable al momento de realizar una inscripción, que fue rectificado posteriormente.

“Esto fue el error de un contador que hizo una rectificación a los 25 días de inscripto erróneamente en esa categoría. Petris jamás tuvo un salón de eventos. Alquilar departamentos no está prohibido”, remarcó.

Además, rechazó las versiones sobre una supuesta transferencia de bienes a familiares y afirmó que su defendido nunca tuvo hermanos a quienes pudiera transferir esas propiedades.

La defensa reclama una delimitación precisa de los cargos

Otro de los cuestionamientos planteados por la defensa está relacionado con la determinación de los hechos concretos que se le atribuyen al magistrado y con las pruebas que podrán utilizarse durante el juicio.

Según los planteos de la defensa, entre las imputaciones que deberán analizarse se encuentran un supuesto incumplimiento del deber de excusación, basado en una presunta relación de amistad con una de las partes, y el eventual ejercicio de una actividad comercial incompatible con la magistratura.

Zvilling sostiene que, antes de comenzar el debate, resulta necesario precisar cuáles son las conductas atribuidas, cuándo habrían ocurrido y qué circunstancias permitirían considerar que existió una infracción.

La defensa también cuestionó que sus planteos previos vayan a ser tratados el primer día de las audiencias, cuando el debate comenzaría inmediatamente después. A esto se suma el reclamo por la fecha elegida para el juicio, que coincidiría con un compromiso profesional asumido con anterioridad por el abogado para exponer en el Congreso Nacional de la Defensa Pública.

Desde la defensa advierten que la falta de una delimitación precisa de las imputaciones y de las pruebas podría afectar la preparación del caso y el ejercicio efectivo del derecho de defensa.

Un proceso que, según Zvilling, debe centrarse en hechos concretos

El abogado insistió en que el enjuiciamiento no debe convertirse en una instancia en la que se acumulen denuncias, sospechas o versiones que circularon públicamente, sino que debe limitarse al análisis de las conductas que integran formalmente la acusación.

En ese marco, diferenció el proceso disciplinario de las actuaciones penales relacionadas con el supuesto enriquecimiento ilícito y reiteró que su defendido no enfrenta esa imputación en el actual jury.

Antes de finalizar la entrevista con FM DEL LAGO, Zvilling señaló que existen aspectos vinculados con el origen y el desarrollo de la causa sobre los que prefiere no adelantar detalles hasta el inicio del juicio.

La defensa espera que el proceso permita discutir las imputaciones concretas y que se resuelvan los planteos formulados antes del debate, mientras sostiene que varias de las acusaciones que tuvieron mayor repercusión pública no forman parte de los cargos sometidos a consideración del Tribunal de Enjuiciamiento.