A raíz de lo ocurrido en la fiesta clandestina llevada a cabo hace una semana atrás en la asociación Sirio Libanesa, y la decisión de la jueza de faltas de levantar la clausura del lugar a escasas horas de la decisión del personal de inspección municipal por detectar la venta de bebidas alcohólicas y estupefacientes a menores de edad, el concejo deliberante convocó a la Dra. Adriana Conesa a dar las explicaciones del caso y abordar un tema sumamente grave por las declaraciones de los jóvenes que asistieron a la fiesta y el relato de los padres, en referencia a tema, la propia jueza de faltas diálogo con FM DEL LAGO y expresó “la competencia de faltas es muy limitada a las ordenanzas vigentes, ponerme yo a analizar un contrato de comodato si está bien hecho o mal hecho, yo entiendo que las partes se comprometieron a cumplir”.
“cuando se hizo el acta de infracción estaba presente la parte de operaciones de policía de la provincia que tranquilamente podría haber dado intervención a fiscalía, yo no tenía la prueba suficiente si se había producido un delito o no, en este caso había un contrato privado donde se deslinda una responsabilidad, hay responsabilidades de la asociación que cumplió hasta ese momento con su contrato que fue poner el uso del local al uso privado, la clausura fue preventiva y así lo indica el acta de infracción, yo tengo la competencia para mantenerla y confirmar mantenerla o confirmar y luego levantarla, tratándose de una fiesta privada y no de la asociación entendí que era lo más pertinente levantar la clausura y se desarticuló la situación anómala dentro del establecimiento con la situación anómala”, relató la funcionaria del tribunal de faltas.
Respecto de su competencia para tomar cartas en el asunto, expresó, “a mí lo único que me ataña es resolver la venta de entradas sin autorización y la venta de bebidas alcohólicas a menores, la venta de estupefacientes es de otro resorte, yo tengo los dichos de los inspectores y de la policía en las actas de infracción, a los organizadores se los puede penalizar porque si están ejerciendo un comercio sin habilitación comercial ahí sí es competencia de la justicia de faltas, tengo que notificarlos a los que contrataron el salón a que se presenten al juzgado de faltas a que se presenten a hacer el descargo, no es una reunión, pero si tengo que hacer las notificaciones a los privados para que se presenten a hacer los descargos y resolver, normalmente yo como juez cuando tomo una medida urgente lo hago siempre que es dejando en claro que es sin perjuicio de lo que se resuelva”.
Respecto a las sanciones que están estipuladas en las ordenanzas vigentes, indicó “la sanción que cabría ya está prevista por el código tributario, multa por no tener habilitación comercial, el organizador tiene domicilio en Esquel según el contrato, no los conozco, pero hay un domicilio en Esquel, no tienen habilitación comercial, hubo destrucción de las bebidas según el acta de infracción, incluso de los vasos”.
Por último, aclaró que todo espectáculo debe contar con servicio de seguridad “cualquier espectáculo público tiene que tener seguridad, en el contrato de comodato figura una persona de apellido Rivabella y tiene domicilio en nuestra ciudad”, afirmó en el diálogo con la radio.