La Jueza de Faltas de la Municipalidad de Esquel Dra Adriana Conesa en diálogo con FM DEL LAGO habló de la aplicación de la nueva ordenanza que sanciona incumplimientos en los protocolos de cualquier actividad comercial, al respecto indicó “los planteos de inconstitucionalidad pueden venir, como pueden ocurrir con cualquier norma que puede ser revisada y declarada inconstitucional, esta ordenanza la 28/21 modifica la ordenanza 67/20 que se sancionó en julio, esta ordenanza modificada es una ordenanza de flexibilización de ASPO para actividades comerciales, en julio del 2020 se pudo flexibilizar, ahora en este momento por el tema sanitario en Esquel fue necesario ajustar la ordenanza a los fines de no tener que tomar mayores medidas de restricción, esta ordenanza vino para no tener que restringir más a los comerciantes, es que se pensó en la ordenanza 28/21 que tiene dos aspectos fundamentales, una es que los inspectores puedan hacer un apercibimiento por falta al protocolo, ese protocolo surge por declaración jurada que el mismo comerciante plantea al municipio a través de la contestación de los protocolos que el municipio sube a la página web, el comerciante firma una declaración jurada toda la actividad en su comercio, estamos con un problema en Esquel muy importante de colapso, entonces a los fines de mantener las actividades comercial pero concientizar a las personas y comerciantes de la gravedad de la situación sanitaria es que se sanciona esta ordenanza, que primero tiene un paso de apercibiendo y ante el incumplimiento una clausura preventiva que es 24hs para la primera vez, 48hs para la reincidencia y 72hs para la tercera reincidencia, el objetivo es concientizar, esta no tiene multa pecuniaria, es decir la multa seria perder una recaudación de las 24hs, con esto evitamos tener que tomar mayores restricciones que las que tenemos actualmente y es para todas las actividades comerciales, no es específica para la nocturnidad, sino para todos”.
La Dra. Conesa subrayó la necesidad de maximizar los cuidados y evitar sanciones “acá se tiene que apelar a la responsabilidad del propio cliente, hay que darle un marco sino el riesgo lo corre el cliente, el comerciante y por esto es importante la responsabilidad de todos que estamos viviendo en un mismo lugar con un colapso importante, entiendo que es difícil para el comerciante tener que ejercer el poder de policía que está en manos del estado municipal, pero esta ordenanza tiene este espíritu, en comercios donde tienen una concurrencia importante cuando firman el protocolo el comerciante puede tener una persona en el ingreso al local para controlar el ingreso y egreso del lugar, esto se firmó y acordó con el COEM, estamos apelando a la responsabilidad de todo, hemos tenido apercibimientos donde se han detectado que se excede la cantidad de personas”.
Haciendo referencia al funcionamiento de las cervecerías especialmente, la funcionaria manifestó “el cervecerías tienen una distribución de mesas que han declarado en el COEM, si se introducen más mesas ya es responsabilidad del comerciante, como el uso de las barras, las mamparas en las cajas de cobro, esto es responsabilidad del comerciante, sin discutir es responsabilidad del cliente bregar cuidar, estamos en emergencia, peor sería que tengamos que tomar medidas como Bariloche porque no hay camas disponibles”.
Otro de los temas por el que fue consultada la máxima responsable del Tribunal de Faltas de Esquel, fue por las consultas de oyentes respecto al carnet de conducir que se solicita en los controles, al respecto indicó “por normas de seguridad vial de nación toda documentación que se tenga en Argentina es válida, con lo cual cuando recibo las actas de infracción con estas faltas las desestimó porque es válida la aplicación Argentina, en el caso que la persona este inhabilitada, el agente de control encuentra tildado en rojo la inhabilitación, a veces los controles se hacen el lugares donde no hay señal, en ese supuesto al presentarse el infractor al tribunal de faltas adjuntando la documentación se desestima la falta”.